LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES TIENEN DERECHOS
Debemos tener en cuenta que todos tenemos derechos, pero existen personas mas vulnerables y en este caso son los niños, debemos tener en cuenta que en el PERÚ LA NORMATIVA QUE ACOMPAÑA ES EL CODIDO DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE.
Debemos tener en consideración la SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EXP. N.° 04937-2014-PHC/TC.
Como nos indica el MAGISTRADO ESPINOZA: lo primero es precisar que la protección especial que merecen niños, niñas y adolescentes no significa que les pueda considerar como meros objetos de protección; sino, por el contrario, que deben ser entendidos como auténticos sujetos de derechos.
El fin es poder garantizar el derecho del niño y su desarrollarse integralmente en el seno de su familia biológica, esto quiere decir que necesita un ambiente familiar adecuado.
En este caso tenemos a la abuela materna, quien actualmente cría a la niña según se desprende del "acta de entrega" de fecha 17 de julio de 2014, que corre a fojas 359, no ha hecho sino actuar en función al deber de especial protección del menor, que, en esencia, radica en la necesidad de defender los derechos de quien no puede ejercerlos a plenitud por sí mismo y de quien, por la etapa de desarrollo en que se encuentra, no puede oponer resistencia o responder ante un agravio de sus derechos. (cfr. Sentencia 2079-2009- HC/TC). Lo mismo ocurrió con el juez de primera instancia, quien advirtió esta irregular situación y corrigió los errores cometidos.

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