Teniendo en consideración lo que nos indican los magristrados en su decisión, es que:
Los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.
Asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.
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Gran decisión por parte de los magistrados, esperemos que en la práctica sea una realidad.
ResponderEliminarMe gustaría recibir más información sobre esta, gracias 🙂.
ResponderEliminarGracias por replicar esta información.
ResponderEliminarBuen aporte para la comunidad jurídica.
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